|
PROPUESTA # 7 Las Consejerías de Sanidad deben retomar su responsabilidad en la formación e información de sus profesionales |
- MEDIDA # 27: Las Consejerías de Sanidad deben ser las principales organizadoras de actividades de formación continuada de sus profesionales[1],[2]. Para ello, y siempre que sea posible, trabajarán en colaboración con las Universidades Públicas. En lo referente a los contenidos en los que se hable de medicamentos y otros productos, éstos deben contener información basada en pruebas científicas y no sólo basarse en los datos de eficacia, sino también de efectividad, costes y riesgos derivados de la intervención. Los docentes deben mantener un nivel de independencia profesional alto y explicitar sus potenciales conflictos de interés y los de su entorno laboral (ej: Servicio hospitalario en el que trabajen) cuando proceda
[1] Debe realizar un importante esfuerzo para que los proyectos docentes sean modernos y atractivos (no necesariamente centrados en los cursos; existe el coaching, el mentoring, la tutorización de pares, la rotación, etc.…). Las actividades de formación en la que se involucran distintas disciplinas y especialidades contribuyen a la riqueza y a la aproximación crítica a la realidad. El enfoque en conseguir los mejores resultados en salud para el paciente debe ser prioritario.
[2] Al igual que con los proyectos de investigación es posible e incluso deseable llegar a acuerdos de colaboración con la industria. Estos acuerdos deben estar evaluados y sometidos a los debidos controles por parte de la organización.
- MEDIDA # 28: La formación sanitaria especializada (MIR, EIR, FIR, etc.) debe quedar claramente separada de cualquier influencia de la industria. Ninguna actividad docente en relación con la formación especializada reglada de profesionales sanitarios puede estar financiada por las industrias de productos y servicios sanitarios. De igual modo debe prohibirse taxativamente cualquier relación de un residente con las industrias con interés en el sector[1]. En este sentido sería recomendable introducir en la formación común del residente un módulo formativo que abordara los aspectos éticos y científicos del entramado industria-profesionales así como las estrategias comerciales más comunes de manera que el profesional en formación adquiera un punto de vista crítico e independiente.
[1] Las Unidades Docentes responsables de la formación de especialistas deben ser las primeras en evitar cualquier conflicto de interés y debe estar explícitamente prohibida la financiación por parte de la industria de cursos dirigidos a residentes. La separación estricta de entidades y profesionales relacionados con la formación de sanitarios (incluyendo la formación de pregrado) es una medida ampliamente extendida en el ámbito docente y académico anglosajón. La investigación al respecto ha demostrado que es una población especialmente sensible a la influencia de las prácticas comerciales (ver, por ejemplo Sierles FS, Brodkey AC, Cleary LM et al. Medical students’ exposure to and attitudes about drug company interactions. JAMA. 2005;294:1034–42)
- MEDIDA # 29: Las Consejerías de Sanidad deben limitar las posibilidades de asistencia a actos, foros o cursos organizados y/o financiados por la industria,en días u horario laboral, de sus profesionales. La asistencia a dichos eventos se facilitará si se producen las siguientes circunstancias:
- La asistencia tiene relación o forma parte de un proyecto de investigación o innovación evaluado por la organización y gestionado por instancias intermediarias sometidas a los debidos controles.
- El profesional figura como docente, ponente o ha presentado un trabajo de investigación en el foro en cuestión.
- MEDIDA # 30: En la carrera profesional y procesos selectivos de los profesionales sanitarios debe primarse y conceder mayor valor en los baremos a las actividades de investigación-científicas y formativo-docentes independientes y transparentes o realizadas por organismos públicos que a las realizadas o patrocinadas por empresas privadas con interés en el sector.
- MEDIDA # 31: En la transferencia de información a los profesionales, se deben asegurar que los programas computarizados de ayuda a la toma de decisiones clínicas, de dispensación de medicamentos y de gestión de farmacia contengan información seleccionada según criterios de independencia y rigor científico. Se debe asegurar, asimismo, el acceso desde el punto de atención a fuentes accesibles y gratuitas de las mejores evidencias e información estructurada y continuada, así como el consumo crítico de dicha información a través de formación que promueva la capacidad de lectura e interpretación críticas de la literatura científica.
