|
PROPUESTA # 3 Los Gobiernos de las Comunidades Autónomas deben promover la transparencia en todos los profesionales e instancias públicas y privadas, académicas y asistenciales, en relación con la atención sanitaria |
MEDIDA # 12: Los Gobiernos Autonómicos deben promover mediante iniciativa legislativa un Registro de las relaciones financieras de cualquier tipo (incluyendo ayudas para formación o investigación) o comerciales de las empresas que producen, preparan, componen, convierten, procesan, comercializan, distribuyen o dispensan productos sanitarios, alimentarios y biológicos, medicamentos, dispositivos y tecnologías sanitarias para el diagnóstico, prevención, tratamiento o información-comunicación con profesionales sanitarios (farmacéuticos, médicos, odontólogos, enfermeras, podólogos, veterinarios y salubristas), investigadores, técnicos, políticos, gestores y profesionales de la comunicación, agencias reguladoras y evaluadoras, instituciones sanitarias, académicas y profesionales y órganos y medios de comunicación y divulgación científica e información general[1],[2]. Esta obligación de declaración incumbe a ambas partes y deberá registrarse en bases de datos de acceso público gestionado por las comisiones que los gobiernos autonómicos consideren competentes[3]. Dichas declaraciones deben ser verificables de forma independiente y deberán conllevar sanciones en caso de que cualquiera de las partes implicadas declare inadecuadamente sus relaciones o habiéndolas no las expliciten apropiadamente. Este tipo de sanciones deben ser especialmente ejemplares en caso de conflictos de interés en personas o instituciones cuyo papel en la regulación del acceso de medicamentos o dispositivos o tecnologías sanitarias al mercado o la fijación de su precio sean relevantes y se demuestre que han modificado el sentido de sus decisiones.
[1] En 2009, el Estado norteamericano de Vermont prohibió la mayoría de los regalos de los fabricantes de medicamentos, productos biológicos y dispositivos sanitarios, eliminando el “secreto comercial” sobre los gastos de marketing y promoción. Tras un año de instauración de la norma, los gastos en marketing han disminuido en 3 millones de dólares. Noticia obtenida de http://www.nogracias.eu/v_portal/informacion/informacionver.asp?cod=7075&te=&idage=&vap=0&codrel=488.
[2] En 2008, el Medicare Payment Advisory Commission, una agencia de control parlamentario estadounidense elevó al congreso una serie de propuestas para la reforma del sistema sanitario Medicare publicados en un informe que lleva por título Report to the Congress: Reforming the Delivery System. El capítulo 6 del citado informe recoge la fundamentación y las propuestas concretas para la transparencia en las relaciones de los profesionales con las empresas del sector sanitario. Disponible en: http://www.medpac.gov/documents/Jun08_EntireReport.pdf.
[3] Proposición de transparencia en las relaciones con la industria farmacéutica. Consultable en la web de No Gracias http://www.nogracias.eu/v_portal/informacion/informacionver.asp?cod=6887&te=&idage=&vap=0&codrel=455.
- MEDIDA # 13: Los Gobiernos Autonómicos deben promover la regulación del funcionamiento, composición, procedimientos de garantía, etc., de las instancias públicas y privadas de intermediación para la gestión de fondos de investigación y formación sanitarias, así como ser especialmente riguroso en el control de los conflictos de interés y la necesaria transparencia pública de todas sus acciones.
